Sentencia de odio: La ley contra los aymaras
Teólogo y docente
En días pasados volvió a ser noticia el retorno a la cárcel Walter Aduviri. En el 2019, jueces de Puno condenaron al exgobernador regional, hallándolo – según su parecer – como coautor no ejecutivo del delito contra la tranquilidad pública, en la modalidad de disturbios, por los hechos ocurridos durante la protesta denominada el "Aymarazo", ocurrida en el 2011.
Una de las juezas, dispuso que Aduviri, pague dos millones de reparación civil en favor del estado, para beneplácito de Bear Creek. Después, ordenaron su inmediata captura y reclusión en un penal que disponga el Instituto Nacional Penitenciario. Hecho que se cumplió en parte.
Según el derecho positivo, Aduviri, fue bien sentenciado. Pero, ateniéndonos a los usos y costumbres que todavía imperan de este lado de la cordillera, debemos entender que Aduviri no fue el sentenciado. La sentencia fue contra el pueblo aymara de Puno. ¿Por qué? Trataremos de explicarlo.
La formación del Frente de Defensa de los Recursos Naturales de la Zona Sur de Puno, fue una creación de las autoridades de la zona sur. Específicamente de los tenientes gobernadores.
La elección de Aduviri, no es porque él la haya solicitado. Según las costumbres, él fue designado para tal cargo. Recordemos que los cargos que se asumen en nuestras comunidades andinas, no son por postulación. La comunidad decide quién será el próximo presidente de comunidad o encargo que se asigne. Siguiendo estos principios, incluso, el designado no puede rechazar el cargo. No es como en las ciudades más españolizadas. Uno puede declinar de algún encargo del barrio por cualquier excusa, sea esta real o fingida. De no aceptar el encargo, la comunidad sanciona al que rechaza su decisión. Por dicho encargo, la comunidad se hace responsable de las obligaciones que tiene el designado con su familia. Por eso, en la última protesta de diciembre en Juliaca, hemos visto la presencia numerosa de comuneros, para el caso de las zonas aymaras y quechuas de Puno. ¿Es por obligación? Sí. Así es la costumbre. A ningún miembro de una comunidad se le puede ocurrir negar tal obligación cuando es asignado.
Entre líneas de la sentencia leíamos que, para los susodichos jueces, Aduviri no podía ser considerado un aymara y comunero. ¿La razón que dieron? Aduviri había estudiado en una universidad y eso lo sustraía de ser aymara y comunero. Me recuerda a una exprimera dama cuando decía que “dirigente indígena con celular ya no es indígena”. Increíble.
Los jueces no entendieron, aun teniendo peritos antropólogos, que Aduviri sólo cumplió un encargo de los comuneros de la zona. A los magistrados, no les interesó las razones que invocaba la defensa de Aduviri para ser evaluado desde una perspectiva cultural. Para ellos, la ley no distingue entre aymaras y cualquier hijo de vecino en el Perú. La ley, según ellos, es igual para todos. Así, no les interesaron los aspectos culturales de la protesta.
Por ello digo que, la sentencia fue una sentencia de odio. Por el sólo hecho de dirigir las protestas – tal como se lo encomendaron los tenientes gobernadores – fue declarado, incluso, coautor no ejecutivo.
Fue una sentencia contra los aymaras. No es que Aduviri tenga que pagar dos millones de soles. Los aymaras en la persona de Aduviri, la tienen que pagar. ¿El delito por el cual protestó era anticonstitucional? No interesó para el caso.
Los aymaras protestaron. La cabeza visible de los aymaras es Aduviri. En nombre de ellos, la ley de espíritu minero, en el fondo, condenó a los aymaras del sur del Perú. Fue una sentencia de odio. Fue una sentencia contra Aduviri por ser aymara.