Ana Neyra: “Es inconstitucional el proceder del Congreso”
Corresponsal en Ayacucho
La aprobación por insistencia del Congreso de la República de la ley que modifica y recorta facultades del Ejecutivo sobre la cuestión de confianza, ha motivado la reacción de varios sectores políticos que califican como inconstitucional la decisión del parlamento y que esta norma atenta contra el equilibrio de poderes. Incluso se señala que se está allanando el camino hacia la vacancia presidencial. Para conversar sobre este hecho político, Noticias SER, entrevistó a Ana Neyra, ex Ministra de Justicia y Profesora de Derecho Constitucional de la Universidad del Pacífico
¿Cuál es su interpretación sobre la aprobación por insistencia del Congreso de la ley sobre la cuestión de confianza?
Lo que se está haciendo es limitar vía ley, una institución que no está limitada en estos términos por la Constitución Política. Me parece que esto tiene un problema formal porque se hace una suerte de reforma constitucional vía una ley, pero lo sustantivo es que en la práctica se está reduciendo una herramienta que posee el Poder Ejecutivo. Lo que se está haciendo es limitar los temas por los cuales se puede plantear una cuestión de confianza, básicamente a situaciones relacionadas con la política general de gobierno.
¿Por qué el Congreso insiste en aprobar esta ley, a pesar de no cumplir los procedimientos regulares para el cambio de un artículo de la Constitución Política?
Varios especialistas hemos dicho que es inconstitucional el proceder del Congreso, aunque el parlamento dice que está dentro del marco de la Constitución, bajo el argumento que se trata de una ley de desarrollo. También hay que pensar que al margen del tema legal y jurídico, hay un tema más político, porque no olvidemos que cuando se niega la confianza dos veces a un gabinete, el Congreso puede ser disuelto; entonces si se limita la institución de la cuestión de confianza, lo que se está haciendo es que sea menos probable que se pueda negar esta confianza, y con ello las probabilidades de cerrar el Congreso se eliminan. Parecería que la intención del Congreso es cuidar la posibilidad de ser disueltos en el futuro. Es cierto que en algunas declaraciones de miembros del ejecutivo parecían deslizar la idea de una posible disolución y todo esto ha conllevado a que el Congreso tome esta decisión.
¿Cómo interpretamos la actitud del Congreso que aprueba esta norma a pocos días de la presentación de la Premier Mirtha Vázquez para pedir el voto de confianza?
Yo creo que es complicado porque Mirtha Vásquez estuvo el día lunes con la Presidenta en el Congreso y han conversado sobre proyecto de ley del Ejecutivo sobre la cuestión de confianza y en ese contexto la aprobación por insistencia de la ley se siente como una falta de deseo de coordinar. Es preocupante porque en la práctica se ha cerrado la posibilidad de una interacción más pacífica. Lo cierto también es que el Congreso estaba en esto hace varias semanas y que el Ejecutivo recién presentó su proyecto. También es cierto que el tono ha cambiado en la relación Ejecutivo-Legislativo, pero el Ejecutivo ha llegado un poco tarde a este debate.
¿Considera que esta decisión del Congreso con la cuestión de confianza, es un anuncio sobre una intención más seria de plantear una vacancia presidencial?
En la práctica, estas herramientas que promueve el Congreso, eventualmente, es para cuidarse de que el Ejecutivo no pueda plantear cuestiones de confianza y luego disolverlo, mientras que el Congreso mantiene incólume sus facultades, por ejemplo, para vacar a un presidente por incapacidad moral permanente, que es un concepto bastante amplio. Hay muchos que si están pensando en la posibilidad de una vacancia, visto que la ley se aprobó ayer con 79 votos, y para la vacancia se requieren 87. Pero conseguir esos votos les va a costar, porque la bancada del Partido Morado no parecería estar dispuesta a este tipo de iniciativas.
La propuesta del Ejecutivo sobre la cuestión de confianza ¿resultaba más equilibrado?
El proyecto del Ejecutivo tiene varios temas y no solamente se limita la cuestión de confianza, sino que también elimina la vacancia por incapacidad moral transformándola en incapacidad mental. Asimismo, elimina la votación que se requiere al presentar la política general de gobierno, conocida como el voto de investidura, al inicio del mandato de un nuevo gabinete. También acepta que es posible limitar los temas de la cuestión de confianza, pero lo hace a través de una reforma constitucional. A mí me parece que es un proyecto que resulta ser un buen punto de partida para pensar esto de manera más global. Ese debate hubiera sido mucho más enriquecedor para evaluar las relaciones Ejecutivo-Legislativo, y no solo centrarse en una institución, como la cuestión de confianza.
¿Hay alguna posibilidad para la inaplicación de la ley promulgada por el Congreso mientras se resuelve la demanda de constitucionalidad?
En realidad, si se presenta la demanda, la norma sigue vigente. Sólo se bloquea si el Tribunal Constitucional la declara inconstitucional, y este proceso demora más o menos entre 2 y 3 meses. Mientras tanto, la ley sigue teniendo efecto, porque es una norma que existe desde el día siguiente que se publica.
El Poder Ejecutivo presentará una demanda de constitucionalidad, pero ¿en qué medida la ausencia de un integrante del Tribunal Constitucional podría ir en contra de la pretensión del Ejecutivo?
El Ministro de Justicia adelantó, hoy por la mañana, en un medio de comunicación, que presentarán de todos modos la demanda. Aún se tiene que esperar que la norma se publique y una vez que se publica, se presentará la demanda. Ahí el Tribunal Constitucional debe tomar la decisión, pero no hay que olvidar que se requieren cinco votos a favor para que la ley sea declarada inconstitucional y esta es una situación bastante complicada tomando en cuenta ahora que el Tribunal Constitucional tiene un integrante menos.
La Comisión de Descentralización del Congreso ha aprobado una propuesta que establece que no pueden ser ministros quienes se encuentren procesados por delitos de terrorismo, crimen organizado ¿qué opina al respecto?
Lo primero creo que estamos olvidando que los cargos ministeriales tienen una doble naturaleza, porque también puede tener un componente político. Lo segundo es que hay que tener cuidado con la presunción de inocencia, porque es jurídicamente discutible que se le impida ejercer un cargo público a personas solo por ser procesadas. En todo caso, no parece que sea algo que se pueda aplicar a todos los casos, por ejemplo, una persona con proceso en trámite puede ser congresista, hasta una persona condenada lo fue en algún momento, porque no se le sacaba del Congreso. Entonces, creo que hay un problema jurídico. Y recordemos que políticamente se puede cuestionar la designación de un ministro, para eso está la censura.