Opinión

“El pez, por la boca muere”

Por Lincoln Onofre

Polítólogo

“El pez, por la boca muere”Foto: Contrastes

APP lleva entre sus candidatos al congreso por Ayacucho a Nelson Rivas Ocejo, hermano del congresista Perci Rivas, el mismo que, según fuentes periodísticas, estaría implicado en el caso de “Los Magníficos Ediles”.

Tomamos sus propias declaraciones del 28 de enero y las contrastamos con la realidad y otras fuentes periodísticas, para poner en evidencia la inconsistencia de las mismas.

1. “El partido APP hoy día iba a realizar una conferencia de prensa con la presencia del presidente de nuestro partido el presidente César Acuña, lamentablemente por las circunstancias que estamos viviendo actualmente en nuestro país, se ha cancelado”.

No sabemos (o pretendemos no saber) a ciencia cierta a qué circunstancias se refiere, pero estamos seguros que no fue por el tema del covid-19, ya que la participación del dueño de APP se realizaría de manera virtual. Diversos medios periodísticos locales afirman que César Acuña no participó de este enlace puesto que, tras conocerse que la prensa iba a preguntar sobre el caso “Los Magníficos Ediles”, decidieron cancelar la transmisión.

2. “Las mujeres [...] son utilizadas como instrumentos de movilidad política”, principalmente en temas de género.

Sin embargo, dicha instrumentalización de la mujer (y la cultura) es utilizada por el candidato durante su monólogo. En el evento se puede observar que el aludido está flanqueado por tres mujeres vestidas con atuendos huamanguinos, rurales, que se limitan a llevar un ramo de flores y una cuarta que hace las veces de anfitriona mostrando el logo y número de partido.

(Ver foto de portada)

Sobre “ideología de género”, matrimonio igualitario y aborto, el candidato manifiesta estar en contra de estas demandas. Sin embargo, por las declaraciones del dueño de APP está claro que no existe una posición clara, ya que se ha manifestado tanto a favor como en contra. Nadie sabe cual es la agenda programática que tiene el partido. Aquí, un comunicado de cuando estaba a favor del matrimonio civil:

03-02-21 Acuña

3. El candidato hace mención a que, desde el congreso generará políticas públicas

Esta propuesta no se ajusta a la verdad. De acuerdo a la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Poder Ejecutivo es quien tiene la competencia exclusiva de “diseñar y supervisar las políticas nacionales y sectoriales, las cuales son de cumplimiento obligatorio por todas las entidades del Estado en todos los niveles de gobierno [...]. El cumplimiento de las políticas nacionales y sectoriales del Estado es de responsabilidad de las autoridades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales. Las políticas nacionales y sectoriales se aprueban por decreto supremo, con el voto del Consejo de Ministros”. (CEPLAN)

4. El congresista manifiesta que promoverá una ley para que las enfermedades de cáncer de mama, cuello uterino y de ovario sean tratadas gratuitamente por el Estado. “El Perú es el país en toda américa latina con mayor número de incidencia de muerte de cáncer de mama, de útero y de ovario. Necesitamos una ley de protección [...] donde la atención de estas enfermedades tiene que ser cubierto por el seguro integral de salud (SIS) y tiene que ser gratuito”.

Sobre el cáncer de mama, ovario y cuello uterino, cabe recordar que, si bien es uno de los principales problemas de salud que afectan a las mujeres; el Perú no es el país con mayor tasa de mortalidad, por delante están Colombia, Paraguay, Venezuela, Brasil, Uruguay y Argentina; así lo demuestra el informe de la Organización Panamericana de la Salud.

Tasas estandarizadas de incidencia y mortalidad de cáncer de mama por 100,000 mujeres, 2018

03-02-21 Cuadro

Además, es necesario recordarle al candidato que, contrariamente a lo que declara y propone, el Seguro Integral de Salud cubre 140 condiciones en salud, entre ellas, las que preocupan al candidato.

03-02-21 LincolnOnofre Fuente: sis.gob.pe

5. Otra de las propuestas del candidato es promover la imprescriptibilidad de los delitos contra la corrupción y la ley de protección de cabeceras de cuenca.

Al respecto, cabe recordar que el 20 de agosto de 2017 se publicó en el diario oficial El Peruano la Ley de reforma constitucional 30650, a través de la cual se establece que la acción penal de los delitos más graves contra la administración pública o contra el patrimonio del Estado son imprescriptibles. Sin embargo, cuando se trata del caso de su hermano, el candidato no solo es dubitativo, sino que, además, considera que se trata de especulaciones que “buscan dañar la imagen de nuestro candidato a la presidencia, César Acuña” (Diario Jornada 27.01.2021).

En cuanto a las cabeceras de cuenca, la ley Nº 30640 tiene por objeto regular la conservación y protección de las cabeceras de cuenca, incorporando en el artículo 75 de la Ley 29338, Ley de Recursos Hídricos, el establecimiento de los criterios técnicos para la identificación y delimitación de las cabeceras de cuenca, a fin de evaluar la implementación de medidas especiales para su protección y conservación según su vulnerabilidad.

6. Finalmente, refiere diversas propuestas de ley que colisionan con las competencias propias de los gobiernos subnacionales, o que confunde con los proyectos de inversión pública y los programas presupuestales.

Queda claro que, en el afán de captar votos y hacerse de un escaño, el candidato instrumentaliza las necesidades de la población, sobre todo rural. Para ello, realiza promesas que no son competencia del legislativo, propone crear leyes que ya existen; tergiversa la información ya que estas no se ajustan a la verdad o que son contradictorias a las posiciones de la bancada de APP. Queda pendiente la tarea de hacer el mismo ejercicio para con los demás candidatos.

Advertidos estamos.