Juan Carlos Ruiz: “En los territorios de las comunidades están los recursos naturales que muchos apetecen”
Períodista y documentalista
El territorio de las comunidades originarias que habitan alrededor de las minas en Espinar está siendo fragmentado, en esta entrevista para Noticias SER, el abogado Juan Carlos Ruiz del Instituto de Defensa Legal (IDL) explica cómo, por qué y sobre todo lo que esto implica.
¿Por qué es importante la Consulta Previa?
La consulta surge como un espacio para compatibilizar, para armonizar de un lado, los derechos de pueblos indígenas, las comunidades campesinas nativas y del otro lado, el legítimo derecho de las empresas a invertir y desarrollar sus actividades extractivas que son necesarias, importantes y generan renta para el Estado. La consulta surge para eso, pero hoy en día se ha convertido en un requisito burocrático, no se escucha a la gente, no hay esa posibilidad de diálogo. Creo que hay que dar muchas batallas para que el Estado adecúe los Estudios de Impacto Ambiental y la Consulta previa a los estándares internacionales y los ejecute bajo esos parámetros.
Definamos entonces qué es Consulta Previa…
La consulta previa es un proceso que supone, por ejemplo, que le des información a la comunidad, que ésta pueda tener la oportunidad de evaluar internamente con sus asesores y, luego de un diálogo, viene el tema de consentimiento. Es un derecho.
¿Nos puede contextualizar el caso Coroccohuayco? ¿Cuántas comunidades implican y cuántas podrían verse desplazadas?
El proyecto Coroccohuayco es la continuación del proyecto Tintaya- Antapaccay, le han puesto prolongación o continuación con la finalidad de decirnos que es el mismo proyecto y no consultarlo. Pero no es así, es en otra zona completamente diferente y supone desplazamiento de la gente que vive allí. Estamos hablando de 3 comunidades campesinas: Pacopata, Huini Coroccohuayco y Huano Huano, debajo de ella está la veta de mineral, van a tener que moverse si se quiere ejecutar el tajo minero. En total hay 10 comunidades afectadas, 3 de ellas que acabamos de mencionar de manera directa. Lamentablemente hay una resistencia a hacer una consulta previa y sobre todo una resistencia a consultar el Estudio de Impacto Ambiental.
¿Cuál ha sido la estrategia de MINEM y de la empresa minera para lograr “la ampliación” del proyecto Coroccohuayco?
Les ha dicho a las comunidades: la única manera que tienes tú de beneficiarte es vendiendo tus tierras. Con eso se acabaron las comunidades, porque se rompe la unidad y, de paso, se acabó la consulta, porque se está transfiriendo la propiedad a la minera, los pobladores están renunciando a todos sus derechos. Pero sucede que hay un legítimo derecho de las comunidades de beneficiarse, como tales, como unidad, así lo dice el artículo 15.2 del convenio 169, que está vigente desde febrero del año 2005, que dice lo siguiente: los pueblos indígenas, en cuyo territorio se realiza actividades extractivas, tienen derecho a beneficiarse de la actividad extractiva que se realiza en su territorio.
¿Por qué el Estado peruano no garantiza el proceso de consulta previa?
Tenemos que tener claridad de que la consulta previa es una obligación jurídica. El artículo 8 del título preliminar del nuevo código procesal comunal, aprobado por la ley N.º 31307, dice que no solo los tratados de Derechos Humanos son vinculantes, sino que la jurisprudencia que emita, por ejemplo, la Corte Interamericana, es de cumplimiento obligatorio. Yo no veo que el Estado peruano, o sus representantes tengan esto claro, y por eso no garantizan la Consulta Previa.
¿La empresa Glencore está vulnerando los derechos humanos de las poblaciones aledañas a sus operaciones mineras en Espinar?
Yo creo que sí. Para comenzar, tienen el derecho a disfrutar de un medio ambiente equilibrado y adecuado, eso ya no existe para estas poblaciones desde hace 40 años, debido a la presencia de las operaciones mineras. Ya hay una sanción impuesta por la OEFA por vertimiento de residuos de sustancias tóxicas, y hasta tres estudios mandados a hacer por OEFA y el Instituto Peruano de Energía Nuclear, que han encontrado filtración de la relavera en los ríos, pues bien, esos estudios establecen el nexo causal y establece la responsabilidad de la empresa, corresponde ahora una valorización de ese daño y luego la reparación de las comunidades afectadas.
Nos mencionaba la estrategia que usa la empresa para la compra de tierras a los comuneros de manera individual, cuando estamos hablando de territorio comunal…
Hay un gran tema que subyace a todo esto que es el de la propiedad. Para comenzar, en una comunidad campesina no hay propiedad individual, hay propiedad colectiva y según la ley N°24656, artículo 7, para que una comunidad transfiera la propiedad necesita que 2/3 de los comuneros calificados, que conducen un predio, lo autorice. Pues bien, ¿qué es lo que está sucediendo? Primero, que muchas veces no se ha hecho esa acta de autorización, es decir, que los directivos han vendido las tierras de espaldas a la comunidad y después, no se sabe cómo, han logrado inscribir la venta en los registros público, también hemos encontrado denuncias de comuneros que dicen que las firmas que figuran no eran suyas. Muchas tierras comunales se han vendido a precios irrisorios, lo dicen ellos mismos: le compraron a mi papá, mi papá no sabe leer ni escribir, lo sorprendieron. Hay que entender que para las comunidades, la tierra tiene un valor histórico, cultural, es un factor de identidad, la Corte Interamericana de DD.HH. llega a decir que es un factor de subsistencia.
Es difícil de entender para los que viven en las ciudades: el valor cultural de la tierra o Pachamama, como le llaman en quechua…
El artículo 13 del convenio 169 de la OIT dice que los Estados deben respetar la relación espiritual que hay entre los pueblos y sus territorios, y es bien importante este término: espiritual. Pero además, hay que decir que territorio para los pueblos indígenas no es sólo dónde construyen su casa, sino todo el territorio donde cazan, siembran, entierran a sus muertos, encuentran o están sus árboles medicinales, están sus lugares sagrados, etc. Para ellos la tierra les da la vida, les da de comer, tienen ceremonias ancestrales etc. . La tierra es muy importante para los pueblos indígenas, los pueblos sin territorio son pueblos que están condenados a desaparecer, a la extinción y, por eso, es importante la pelea por la titulación de territorio. ¿Tú crees que es casual que no se quiera dar título de propiedad formal a las comunidades? Yo creo que no es casual, porque en los territorios de las comunidades están los recursos naturales que muchos apetecen.
¿Cuál es el futuro de las Comunidades de Espinar si la minería sigue creciendo? Actualmente solamente hay población adulta, mayor, incluso enfermos.
No hay futuro si no se respeta lo fundamental: que no se toque o se restrinja el acceso de estos pueblos a los recursos naturales que garanticen su subsistencia ¿Qué recursos naturales? Agua, tierra, actividad agrícola, flora, fauna. En Espinar, por ejemplo, la actividad agrícola es muy limitada pues por la altura, el clima no da para eso, entonces ¿a qué apuestan ellos? a la ganadería, pero si se contamina su fuente de agua, entonces no pueden cultivar el pasto para dar de comer al ganado, que tampoco puede beber esta agua. Si no se les garantiza el derecho de subsistir estas poblaciones van a desaparecer.