Reforma agraria... y rural ¿Cómo vamos? ¿A dónde vamos?
Polítólogo
La Segunda Reforma Agraria se ha convertido en una suerte de cajón de sastre que incluye los compromisos políticos asumidos en distintos mítines y declaraciones oficiales; las propuestas de las cumbres, talleres regionales y macrorregionales promovidos por organizaciones agrarias y el ministerio; las ideas planteadas por distintos actores y asesores en cada gestión de turno y; las percepciones de quienes dirigen el sector. De ahí que no hay claridad sobre lo que es o debiera ser porque pareciera que es todo y nada a la vez.
Para entender este compromiso político es necesario hacer una línea de tiempo sobre el tema. La Segunda Reforma Agraria nació como es una propuesta de campaña del partido Juntos Por el Perú, de Verónika Mendoza (mas no de Perú Libre); una propuesta básicamente declarativa. Posteriormente, en los discursos oficiales del gobierno se advierten dos intereses: por un lado, el desarrollo de la agricultura familiar con enfoque de mercado y por el otro, la seguridad alimentaria. Además, la Política General de Gobierno - PGG(1) hace referencia al desarrollo agrario y rural en el eje Nº 2. Además, durante la gestión del sindicalista Víctor Maita se crea el grupo de trabajo responsable de formular el plan de acción sectorial de la II Reforma Agraria(2); se aprueban los cinco lineamientos de la reforma agraria(3); la creación del Consejo Nacional para el Desarrollo Agrario y Rural con el objeto de emitir el informe técnico que contenga propuestas de las acciones y medidas articuladas para promover el desarrollo agrario y rural(4); y el Gabinete de Desarrollo Agrario y Rural para el seguimiento y fiscalización del cumplimiento de las intervenciones articuladas en el territorio a favor del desarrollo agrario y rural(5). Finalmente, el congresista y actual ministro Oscar Zea, propuso un proyecto de ley sobre la reforma agraria(6) cuyo contenido presenta cuestionamientos sobre la estructura de la propuesta y la colisión de competencias por citar algunos casos. También existen voces que sugieren la Segunda Reforma Agraria como el desarrollo en la infraestructura y gestión de los recursos hídricos y la reorganización del sector (Cabe señalar que la última reorganización del sector data del 2020 – 2021).
Todas estas iniciativas no logran concretarse debido a la falta de pericia en materia de gestión pública y planeamiento estratégico por parte de los decisores; y el sesgo de una visión municipalista – localista sobre un tema rural – multisectorial. Tal es así que diversas iniciativas que se pretenden en nombre de la reforma ya están contempladas en la Política Nacional Agraria o que bien podrían calzar en la formulación de las políticas de Seguridad Alimentaria, de Recursos Hídricos, de Flora y Fauna Silvestre o, de la Agricultura Familiar e implementadas en el planeamiento operativo a nivel de actividades. Es por ello que, para las organizaciones agrarias, la reforma agraria o es más de lo mismo, o no es nada ya que no se cumple con los compromisos asumidos por el actual gobierno.
La primera reforma agraria centró sus esfuerzos en la redistribución de la tierra; pero el proceso no logró instalar capacidades y habilidades de competitividad o innovación en los nuevos propietarios para que puedan enfrentarse a un mercado del que poco conocían.
Desde entonces, las dinámicas de la ruralidad y el agricultor han cambiado sustancialmente al punto que hoy se habla de la pluriactividad rural; es decir, los productores agrarios realizan otras actividades y brindan servicios diferentes o conexos a la agricultura. En ese sentido, la segunda reforma o mas bien segunda reforma agraria y rural debe ser una prioridad de gobierno y considerar como eje central de sus intervenciones al agricultor familiar y su entorno rural dado que la agricultura forma parte de la pluriactividad rural. En cada territorio la agricultura está presente en mayor o menor medida, pero siempre constante, ahí su importancia dentro del desarrollo rural.
Los territorios rurales presentan diversos desafíos, oportunidades que condicionan las visiones de desarrollo de los ciudadanos a través de sus demandas. Por tanto, es necesario crear un conjunto de condiciones habilitantes en favor de los individuos y su entorno de manera incremental. De ahí que se requiere una intervención multisectorial y en los tres niveles de gobierno; tal como plantea el eje 2 de la PGG. Las condiciones habilitantes son el conjunto de factores o intervenciones ad hoc que permiten el desarrollo en contextos específicos y se desarrollan en cuatro fases: La primera, destinada al cierre de brechas e inequidades; es decir, a la prestación de bienes y servicios básicos como la educación, salud, prestaciones sociales y otros identificables y cuantificables por cada sector; aquí juegan un papel importante sectores como MIDIS, MINEDU, MIDAGRI y los gobiernos subnacionales. La segunda, enfocada en el desarrollo de capacidades a los productores agrarios para que estos puedan administrar/gerenciar mejor sus parcelas; esto es posible a través de un conjunto de bienes y servicios como asistencia técnica, capacitación, innovación, educación financiera y digital, co-gestión, acceso a créditos, y un conjunto de externalidades que el Estado debe atender a través de los sectores agrario, producción, comercio exterior y los gobiernos regionales a través de las direcciones regionales. En tercer lugar, las condiciones habilitantes están enfocadas en brindar el equipamiento e infraestructura productiva-rural que permita al productor llegar directamente al mercado en mejores condiciones (tiempo, cantidad, calidad y frecuencia); hablamos de infraestructura vial, centros de acopio, infraestructura de riego, electrificación rural, conectividad, etc. Finalmente, es necesario fortalecer las instituciones y los mecanismos institucionales a fin de que puedan gestionar, facilitar los mecanismos y promover la gobernanza.
El valor de reconocer las condiciones habilitantes por distrito rurales (unidad mínima de análisis territorial homogénea a los sectores) promueve la intervención y el trabajo articulado entre los ministerios y gobiernos territoriales de manera eficiente; además, es posible identificar a los responsables de la implementación y de los recursos necesarios para su puesta en marcha. De lo contrario, seguiremos viendo intervenciones con resultados aislados.
Esta propuesta identifica y articula las políticas nacionales, aprovecha distintos mecanismos de implementación y fuentes de financiamiento del sector público; alinear lo que ya existe: programas presupuestales, proyectos de inversión pública, planes de incentivos municipales, canon, entre otros; ya que están en concordancia con los sistemas administrativos que tiene el Estado.
Bajo esta lógica y considerando como unidad de análisis a los distritos rurales se pueden establecer resultados en corto, mediano y largo plazo ya que cada territorio expone y prioriza las condiciones habilitantes necesarias y de manera incremental. Con esta información, los gobiernos regionales podrían formular proyectos conglomerados; articular y operativizar programas presupuestales como el 118,121 y 093 del MIDIS, MIDAGRI y PRODUCE respectivamente dado que tienen objetivos similares (acceso a mercados).
Incorporar el compromiso agrario al espacio rural beneficia no solo a los 2.2 millones de productores agrarios, sino a más de 6 millones de personas que habitan en los territorios rurales. El desafío es generar oportunidades de desarrollo agrario y rural de manera sostenida.
Finalmente, es necesario advertir que no todas las intervenciones (ni compromisos políticos, ni demandas de los productores agrarios) se reducen a una reforma agraria y rural; existen otras que requieren una implementación propia dada la magnitud de su importancia, como la construcción de la planta de producción de fertilizantes en Piura, por citar un ejemplo; o que siguen su curso en las intervenciones que ya vienen desarrollando los sectores y gobiernos subnacionales en la cotidianeidad de sus labores.
(1) Decreto Supremo 164-2021-PCM (2) Resolución Ministerial 274-2021-MIDAGRI (3) Decreto Supremo 022-2021-MIDAGRI (4) Decreto Supremo 001-2022-MIDAGRI (5) Decreto Supremo 002-2022-MIDAGRI (6) Proyecto de Ley 00658/2021-CR